De la participación democrática y de los partidos políticos:
De las formas de participación democrática nos dice que el presidente teniendo la firma de todos los ministros y previo concepto favorable del senado de la república ya podrá consultar al pueblo sobre las transcendencias nacionales. También los gobernantes y alcaldes podrán realizar sus consultas para así decidir sobre asuntos de competencia ya sea al departamento o municipio. El consejo nacional electoral dice que reconocerá personería jurídica a los partidos o movimientos políticos que se organicen para participar en la vida democrática del país. También dice que se podrá limitar el monto de los gastos que los partidos, movimientos, grupos significativos de ciudadanos candidatos pueden realizar en las campañas electorales.
Hay dos partidos que son así:
- Los partidos y movimientos políticos con personería jurídica que se declaren en oposición al gobierno, podrán ejercer libremente la función crítica frente a este.
- Los partidos y movimientos minoritarios con personería jurídica tendrán derecho a participar en las mesas directivas de los cuerpos colegiados.
sábado, 1 de mayo de 2010
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